CARRIL SENTIDO CONTRARIO AL HABITUAL POR MOTIVOS DE FLUIDEZ
Mediante conos en vías con más de un carril por sentido se habilita un carril en sentido contrario,por este carril sólo pueden circular turismos sin remolque y motocicletas(si es por obras podrán ir todos),además es obligatorio llevar encendidas las luces de cruce no superar los 80 km/h ni tampoco ir a menos de 60 km/h.
Los vehículos que circulen en el carril contiguo tienen que hacer lo mismo.
Añadir leyenda |
- Sólo circulan turismos sin remolque y motocicletas
-Velocidad entre 60 km/h y 80 km/h
- Obligación de llevar luz de cruce
CARRIL ADICIONAL
Aquí sólo hay una carretera con un carril por sentido y aprovechando los arcenes colocan conos para conseguir tener dos carriles en un sentido y uno en otro.En este caso el carril adicional es el central y la obligación en este caso es circular con la luz de cruce encendida tanto de día como de noche y circular entre 60 km/h de velocidad mínima y 80 km/h de velocidad máxima.Los vehículos que circulan por los carriles contiguos( o sea todos) deberán hacer lo mismo.
Añadir leyenda |
-Obligación de circular con luz de cruce
-Velocidad entre 60 km/h y 80 km/h
Por tanto la principal equivocación es la contestación "turismo sin remolque y motocicletas" pues respondeìs tanto si os preguntan por el carril de sentido contrario como por el adicional que sólo pueden circular "turismos sin remolque y motocicletas" cuando esa prohibición de circular se refiere al "carril de sentido contrario al habitual"
POR TANTO RECORDAR: EN UN CARRIL DE SENTIDO CONTRARIO AL HABITUAL POR MOTIVOS DE FLUIDEZ SÓLO LO PODRÁN UTILIZAR LOS "TURISMOS SIN REMOLQUE Y LAS MOTOCICLETAS".
EN UN CARRIL ADICIONAL "NO EXISTE PROHIBICIÓN DE PASO AL RESTO DE VEHÍCULOS"
Nota: podrán circular todos los vehículos si el carril de sentido contrario al habitual lo han habilitado por obras (salvo señalización que diga otra cosa)